Artículo 2786 de Código Civil del Estado de Durango
Código Civil del Estado de Durango · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ART. 2786.- En el caso del artículo anterior, se sujetará a juicio de perito la circunstancia de haber disminuído el valor de la finca hipotecada hasta hacerla insuficiente para responder de la obligación principal.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.