Artículo 2809 de Código Civil del Estado de Durango
Código Civil del Estado de Durango · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ART. 2809.- Llámase necesaria a la hipoteca especial y expresa que por disposición de la ley están obligadas a constituír ciertas personas para asegurar los bienes que administran, o para garantizar los créditos de determinados acreedores.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.