Artículo 1168 de Código Civil del Estado de Jalisco
Código Civil del Estado de Jalisco · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Art. 1168.- La servidumbre de acueductos por fundos intermedios, trae consigo el derecho de tránsito para las personas y animales y el de conducción de los materiales necesarios para el uso y reparación del acueducto, así como para el cuidado del agua que por él se conduce;
observándose lo dispuesto en los artículos del 1178 al 1183 inclusive.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.