Artículo 1284 de Código Civil del Estado de Jalisco
Código Civil del Estado de Jalisco · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Art. 1284.- El error sobre la identidad del objeto específicamente determinado, sobre su substancia o cualidades esenciales o sobre su cantidad, extensión, peso o medida, si en este concepto se ha contratado, anula el contrato.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.