Artículo 326 de Código Civil del Estado de Jalisco
Código Civil del Estado de Jalisco · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Art. 326.- Son igualmente cargas de la sociedad, los gastos de inventarios y demás que se causen en la liquidación y en la entrega de los bienes que formaron el fondo social.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.