Código Civil estatal

Artículo 894 de Código Civil del Estado de Jalisco

Código Civil del Estado de Jalisco · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Art. 894.- La usucapión puede comenzar y correr contra cualquier persona, excepto en los casos siguientes:

(REFORMADA, P.O. 29 DE NOVIEMBRE DE 2014)

I. En contra de los incapaces, cuando no se haya discernido su tutela conforme a las leyes. Los incapaces tendrán derecho de exigir responsabilidad a sus tutores cuando por culpa de éstos no se hubiere interrumpido la usucapión;

II. Entre ascendientes y descendientes, durante la patria potestad respecto de los bienes a que los segundos tengan derecho conforme a la ley;

III. Entre hermanos;

IV. Entre consortes;

(REFORMADA, P.O. 29 DE NOVIEMBRE DE 2014)

V. Entre los incapaces y sus tutores o curadores, mientras dure la tutela;

VI. Entre beneficiarios del patrimonio familiar respecto de los bienes que integran éste;

VII. Entre copropietarios o coposeedores respecto del bien común;

VIII. Contra quienes se encuentren en servicio público fuera del estado; y IX. Contra los militares en servicio activo en tiempo de guerra.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 894 de Código Civil del Estado de Jalisco a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 894 de Código Civil del Estado de Jalisco?

Art. 894.- La usucapión puede comenzar y correr contra cualquier persona, excepto en los casos siguientes: (REFORMADA, P.O. 29 DE NOVIEMBRE DE 2014) I. En contra de los incapaces, cuando no se haya discernido su tutela…

¿Está vigente el artículo 894?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.