Artículo 4.120 de Código Civil del Estado de México
Código Civil del Estado de México · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 4.120.- El parentesco civil nace de la adopción y se equipara al consanguíneo.
Grados y líneas de parentesco
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.