Artículo 4.323 de Código Civil del Estado de México
Código Civil del Estado de México · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 4.323.- Concluida la tutela, el tutor está obligado a entregar los bienes y documentos del incapacitado, conforme al balance que se practique al respecto.
Periodo para entregar los bienes
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.