Artículo 5.28 de Código Civil del Estado de México
Código Civil del Estado de México · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 5.28.- Es poseedor de un bien el que ejerce sobre él un poder de hecho.
Posee un derecho el que lo goza.
Posesión originaria o derivada
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.