Artículo 6.206 de Código Civil del Estado de México
Código Civil del Estado de México · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 6.206.- Cuando el testador no hubiere designado albacea o el nombrado no desempeñare el cargo, los herederos lo elegirán por mayoría de votos.
Determinación de mayoría en sucesiones
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.