Artículo 7.192 de Código Civil del Estado de México
Código Civil del Estado de México · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 7.192.- Si la incertidumbre consistiere en si ha de llegar o no el día, la obligación es condicional.
Forma de contar el plazo en las obligaciones
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.