Artículo 7.38 de Código Civil del Estado de México
Código Civil del Estado de México · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 7.38.- Son hábiles para contratar todas las personas no exceptuadas por la ley.
Legitimación para hacer valer la incapacidad
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.