Artículo 7.51 de Código Civil del Estado de México
Código Civil del Estado de México · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 7.51.- La propuesta y aceptación hechas por telégrafo, fax o cualquier medio electrónico producen efectos si los contratantes con anterioridad habían estipulado por escrito esta manera de contratar, y si los originales de los respectivos telegramas, fax o documentos electrónicos contienen las firmas autógrafas, electrónicas avanzadas o los sellos electrónicos de los contratantes y los signos convencionales establecidos entre ellos.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.