Código Civil estatal

Artículo 7.563 de Código Civil del Estado de México

Código Civil del Estado de México · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 7.563.- El vendedor está obligado a:

I. Otorgar al comprador los documentos legalmente necesarios para acreditar el traslado de dominio;

II. Entregar al comprador el bien vendido;

III. Garantizar las calidades del bien;

IV. Responder de la evicción.

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Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 7.563 de Código Civil del Estado de México?

El vendedor está obligado a: I. Otorgar al comprador los documentos legalmente necesarios para acreditar el traslado de dominio; II. Entregar al comprador el bien vendido; III. Garantizar las calidades del bien; IV.…

¿Está vigente el artículo 7.563?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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