Artículo 7.770 de Código Civil del Estado de México
Código Civil del Estado de México · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 7.770.- El mandato puede ser general o especial. Son generales los contenidos en el siguiente artículo. Cualquier otro mandato tendrá el carácter de especial.
Clases de mandato general
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.