Artículo 7.981 de Código Civil del Estado de México
Código Civil del Estado de México · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 7.981.- La acción para exigir lo que se gana en un juego o apuesta prescribe a los treinta días.
Monto del patrimonio afectable en juego o apuesta
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.