Artículo 1275 de Código Civil del Estado de Morelos
Código Civil del Estado de Morelos · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Articulo 1275.- APLICACION DE DISPOSICIONES SOBRE ACTO JURIDICO Y CONTRATOS A LA DECLARACION UNILATERAL DE VOLUNTAD. Son aplicables a la declaración unilateral de voluntad las reglas establecidas por este Código para los actos jurídicos en general y para los contratos, exceptuando los casos expresamente declarados en este Capítulo.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.