Artículo 1428 de Código Civil del Estado de Morelos
Código Civil del Estado de Morelos · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Articulo 1428.- OBJETO DE LAS OBLIGACIONES DE DAR O PRESTACIONES DE BIENES. Las obligaciones de dar o prestaciones de bienes pueden consistir:
I.- En la traslación del dominio;
II.- En la enajenación temporal del uso o goce de los bienes por derecho real o personal; y III.- En la restitución del bien ajeno o pago de cosa debida.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.