Artículo 1510 de Código Civil del Estado de Morelos
Código Civil del Estado de Morelos · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Articulo 1510.- GASTOS SOBRE OFRECIMIENTO Y CONSIGNACION. Si el ofrecimiento y la consignación se han hecho legalmente, todos los gastos serán de cuenta del acreedor.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.