Código Civil estatal

Artículo 1713 de Código Civil del Estado de Morelos

Código Civil del Estado de Morelos · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Articulo 1713.- CONTRATOS NO REGLAMENTADOS POR ESTE CODIGO. Los contratos que no estén especialmente reglamentados en este Código, se regirán por las estipulaciones de las partes, las reglas generales de los contratos, y, en lo que fueren omisas, por las disposiciones del contrato con el que tengan más analogía, de los reglamentados en éste Ordenamiento.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1713 de Código Civil del Estado de Morelos?

CONTRATOS NO REGLAMENTADOS POR ESTE CODIGO. Los contratos que no estén especialmente reglamentados en este Código, se regirán por las estipulaciones de las partes, las reglas generales de los contratos, y, en lo que…

¿Está vigente el artículo 1713?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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