Artículo 1754 de Código Civil del Estado de Morelos
Código Civil del Estado de Morelos · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Articulo 1754.- VENTA HECHA POR EL COPROPIETARIO SOBRE LA TOTALIDAD DEL BIEN. La venta hecha por uno de los copropietarios de la totalidad de la cosa vendida, será nula, aun respecto a la porción del vendedor, debiendo este último restituir al comprador el precio, sus intereses, gastos, daños y perjuicios, siempre y cuando dicho adquirente hubiere ignorado que la cosa era objeto de copropiedad.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.