Artículo 2007 de Código Civil del Estado de Morelos
Código Civil del Estado de Morelos · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Articulo 2007.- CLASES DE MANDATO. El mandato puede ser general o especial.
Son generales los contenidos en los tres primeros párrafos del artículo siguiente.
Cualquier otro mandato tendrá el carácter de especial.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.