Artículo 2026 de Código Civil del Estado de Morelos
Código Civil del Estado de Morelos · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Articulo 2026.- OBLIGACION DEL MANDANTE DE CUMPLIR LAS QUE HAYA CONTRAIDO EL MANDATARIO. El mandante debe cumplir todas las obligaciones que el mandatario haya contraído dentro de los límites del mandato.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.