Código Civil estatal

Artículo 2044 de Código Civil del Estado de Morelos

Código Civil del Estado de Morelos · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Articulo 2044.- ACCESORIEDAD DEL MANDATO IRREVOCABLE. El mandato irrevocable, salvo lo dispuesto en el artículo siguiente, tiene el carácter de accesorio del contrato bilateral del cual es condición o de la obligación para cuyo cumplimiento se otorgó, si así se desprende de la naturaleza y circunstancias del contrato, o de la voluntad de las partes.

En ese caso, extinguido el contrato bilateral o la obligación, concluirá el mandato.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 2044 de Código Civil del Estado de Morelos?

ACCESORIEDAD DEL MANDATO IRREVOCABLE. El mandato irrevocable, salvo lo dispuesto en el artículo siguiente, tiene el carácter de accesorio del contrato bilateral del cual es condición o de la obligación para cuyo…

¿Está vigente el artículo 2044?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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