Artículo 2064 de Código Civil del Estado de Morelos
Código Civil del Estado de Morelos · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Articulo 2064.- FORMA EN EL CONTRATO DE OBRA A PRECIO ALZADO.
Siempre que el empresario se encargue por ajuste cerrado de la obra en cosa inmueble cuyo valor sea de más de cincuenta veces el salario mínimo diario general vigente en el Estado de Morelos, se otorgará contrato por escrito, incluyéndose en él una descripción pormenorizada, y en los casos que lo requieran, un plano, diseño o presupuesto de la obra.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.