Artículo 2221 de Código Civil del Estado de Morelos
Código Civil del Estado de Morelos · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Articulo 2221.- NULIDAD DEL PACTO SOBRE EXIGIBILIDAD DE LA FIANZA. Es nulo el pacto por virtud del cual se establezca que la fianza será exigible aun cuando no lo sea la obligación principal, o antes de que venza el término señalado para el cumplimiento de la misma.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.