Artículo 2396 de Código Civil del Estado de Morelos
Código Civil del Estado de Morelos · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Articulo 2396.- NOTA MARGINAL SOBRE LA INSCRIPCION EN LA HIPOTECA QUE ASEGURA OBLIGACIONES FUTURAS O CONDICIONALES. Cuando se contraiga la obligación futura o se cumplan las condiciones de que tratan los dos artículos anteriores, deberán los interesados pedir que se haga constar así por medio de una nota al margen de la inscripción hipotecaria, sin cuyo requisito no podrá aprovechar ni perjudicar a tercero la hipoteca constituida.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.