Artículo 2405 de Código Civil del Estado de Morelos
Código Civil del Estado de Morelos · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Articulo 2405.- TIEMPO EN QUE SE PUEDE EXIGIR LA CONSTITUCION DE LA HIPOTECA NECESARIA. La constitución de la hipoteca necesaria podrá exigirse en cualquier tiempo, aunque haya cesado la causa que le diere fundamento, siempre que esté pendiente de cumplimiento la obligación que se debiera haber asegurado.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.