Artículo 2411 de Código Civil del Estado de Morelos
Código Civil del Estado de Morelos · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Articulo 2411.- PERSONAS QUE PUEDEN OBJETAR LA INSUFICIENCIA DE LA HIPOTECA NECESARIA. Los que tienen derecho de exigir la constitución de hipoteca necesaria, tienen también el de objetar la suficiencia de la que se ofrezca, y el de pedir su ampliación cuando los bienes hipotecados se hagan por Integrado por: Subdirección de Informática Jurídica Página 328 de 356 Dirección General de Tecnologías de Información y Comunicaciones Comisión Nacional de los Derechos Humanos Marco normativo Código Civil para el Estado de Morelos CNDH Fecha de publicación: 13 de octubre de 1993 Última reforma integrada: 8 de marzo de 2017 cualquier motivo insuficientes para garantizar el crédito. En ambos casos resolverá el Juez.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.