Artículo 1305 de Código Civil del Estado de Querétaro
Código Civil del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1305. El legado queda sin efecto si la cosa legada perece viviendo el testador, si se pierde por evicción, fuera del caso previsto en el artículo 1352 o si perece después de la muerte del testador, sin culpa del heredero.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.