Artículo 1385 de Código Civil del Estado de Querétaro
Código Civil del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1385. Es nula la renuncia del derecho de testar y la cláusula en que alguno se obligue a no usar de ese derecho sino bajo ciertas condiciones, sean éstas de la clase que fueren.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.