Artículo 1456 de Código Civil del Estado de Querétaro
Código Civil del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1456. El testamento ológrafo quedará sin efecto cuando el original o el duplicado, en su caso, estuvieren rotos o el sobre que los cubre resultare abierto o las firmas que los autoricen aparecieren borradas, rapadas o con enmendaduras, aún cuando el contenido del testamento no sea vicioso.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.