Artículo 1463 de Código Civil del Estado de Querétaro
Código Civil del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1463. Al otorgarse el testamento privado se observarán, en su caso, las disposiciones aplicables al testamento público abierto.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.