Artículo 1474 de Código Civil del Estado de Querétaro
Código Civil del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1474. El testamento militar será válido en el Estado, si se han seguido, en su otorgamiento, las disposiciones relativas del Código Civil para el Distrito Federal.
Capítulo Séptimo Del testamento marítimo, del aéreo y del hecho fuera del Estado o en país extranjero
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.