Artículo 1805 de Código Civil del Estado de Querétaro
Código Civil del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1805. Las personas que han causado en común un daño, son responsables solidariamente hacia la víctima por la reparación a que están obligadas, de acuerdo con las disposiciones de este Capítulo.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.