Artículo 2216 de Código Civil del Estado de Querétaro
Código Civil del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 2216. Con excepción de lo relativo al precio, son aplicables a este contrato las reglas de la compraventa, en cuanto no se opongan a los artículos anteriores.
Título Cuarto De las donaciones Capítulo Primero De las donaciones en general
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.