Artículo 2220 de Código Civil del Estado de Querétaro
Código Civil del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 2220. Pura es la donación que se otorga en términos absolutos; y condicional la que depende de algún acontecimiento incierto.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.