Código Civil estatal

Artículo 2441 de Código Civil del Estado de Querétaro

Código Civil del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 2441. El secuestro judicial se rige por las disposiciones del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro y, en su defecto, por las del secuestro convencional.

Título Noveno Del mandato Capítulo Primero Disposiciones generales

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 2441 de Código Civil del Estado de Querétaro?

El secuestro judicial se rige por las disposiciones del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro y, en su defecto, por las del secuestro convencional. Título Noveno Del mandato Capítulo Primero…

¿Está vigente el artículo 2441?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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