Artículo 2593 de Código Civil del Estado de Querétaro
Código Civil del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 2593. El contrato de sociedad debe contener:
I. Los nombres y apellidos de los otorgantes que son capaces de obligarse;
II. La razón social;
III. El objeto de la sociedad; y IV. El importe del capital social y la aportación con que cada socio debe contribuir.
Si falta alguno de estos requisitos, los socios podrán pedir la liquidación de la sociedad.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.