Artículo 2740 de Código Civil del Estado de Querétaro
Código Civil del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 2740. El que fía al fiador, en el caso de insolvencia de éste, es responsable para con los otros fiadores en los mismos términos en que lo sería el fiador fiado.
Capítulo Quinto De la extinción de la fianza
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.