Código Civil estatal

Artículo 367 de Código Civil del Estado de Querétaro

Código Civil del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 367. Cuando el padre y la madre que no vivan juntos reconozcan al hijo en el mismo acto, convendrán cuál de los dos ejercerá sobre él la custodia, pudiendo ejercerla de manera compartida; y en caso de que no lo hicieren, el juez competente, oyendo a los padres, al menor y al Ministerio Público, resolverá lo que creyere más conveniente a los intereses del menor. (Ref. P. O.

No. 16, 16-III-12)

El Juez podrá ordenar, la práctica de estudios psicológicos, de entorno socioeconómico y demás estudios que considere convenientes para determinar sobre la custodia del menor. (Adición P. O.

No. 16, 16-III-12)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 367 de Código Civil del Estado de Querétaro a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 367 de Código Civil del Estado de Querétaro?

Cuando el padre y la madre que no vivan juntos reconozcan al hijo en el mismo acto, convendrán cuál de los dos ejercerá sobre él la custodia, pudiendo ejercerla de manera compartida; y en caso de que no lo hicieren, el…

¿Está vigente el artículo 367?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.