Artículo 850 de Código Civil del Estado de Querétaro
Código Civil del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 850. El ejercicio del derecho de cazar se regirá por los reglamentos administrativos y por las siguientes bases.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.