Código Civil estatal

Artículo 1449 de Código Civil del Estado de Sonora

Código Civil del Estado de Sonora · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 1449.- Es inoficioso el testamento en que no se deje la pensión alimenticia, según lo establecido en este Capítulo.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1449 de Código Civil del Estado de Sonora?

Es inoficioso el testamento en que no se deje la pensión alimenticia, según lo establecido en este Capítulo.

¿Está vigente el artículo 1449?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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