Artículo 1451 de Código Civil del Estado de Sonora
Código Civil del Estado de Sonora · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 1451.- La pensión alimenticia es carga de la masa hereditaria, excepto cuando el testador haya gravado con ella alguno o algunos de los partícipes de la sucesión.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.