Artículo 1985 de Código Civil del Estado de Sonora
Código Civil del Estado de Sonora · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 1985.- Son aplicables a los contratos las reglas generales sobre interpretación de los actos jurídicos consignadas en este Código.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.