Código Civil estatal

Artículo 2021 de Código Civil del Estado de Sonora

Código Civil del Estado de Sonora · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 2021.- El que en los términos del artículo anterior ejecutare el servicio pedido o llenare la condición señalada, podrá exigir el pago o la recompensa ofrecida.

199 También podrá hacerlo el que con anterioridad a la promesa de recompensa, se encontrare ya en los términos o condiciones de la misma, a no ser que expresamente se declare en la promesa que ésta sólo beneficiará a los que a partir de la misma ejecuten el servicio pedido o llenen la condición señalada. Se aplicará lo dispuesto en esta segunda parte a los casos previstos por los artículos 2024 y 2025.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 2021 de Código Civil del Estado de Sonora?

ARTICULO 2021.- El que en los términos del artículo anterior ejecutare el servicio pedido o llenare la condición señalada, podrá exigir el pago o la recompensa ofrecida. 199 También podrá hacerlo el que con anterioridad…

¿Está vigente el artículo 2021?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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