Artículo 2431 de Código Civil del Estado de Sonora
Código Civil del Estado de Sonora · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 2431.- La condonación de la deuda principal extinguirá las obligaciones accesorias, pero las de éstas dejan subsistente la primera.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.