Código Civil estatal

Artículo 2459 de Código Civil del Estado de Sonora

Código Civil del Estado de Sonora · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 2459.- Se llama delegación pura o abstracta aquella en la cual, sin mediar las dos obligaciones previas, el delegado paga al delegatario, cumpliendo una orden del delegante.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 2459 de Código Civil del Estado de Sonora?

ARTICULO 2459.- Se llama delegación pura o abstracta aquella en la cual, sin mediar las dos obligaciones previas, el delegado paga al delegatario, cumpliendo una orden del delegante.

¿Está vigente el artículo 2459?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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