Código Civil estatal

Artículo 2477 de Código Civil del Estado de Sonora

Código Civil del Estado de Sonora · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 2477.- Son elementos de validez del contrato preliminar, además de los generales establecidos por este Código para todos los contratos, los siguientes:

I. Que el contrato definitivo tenga un objeto, motivo o fin lícito;

II. Que se determine el plazo durante el cual se otorgará el contrato definitivo;

III. Que el contrato preliminar conste por escrito, pudiendo otorgarse en documento público o privado; y IV. Que las partes tengan capacidad no sólo para celebrar el contrato preliminar, sino también para otorgar el contrato definitivo.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 2477 de Código Civil del Estado de Sonora a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 2477 de Código Civil del Estado de Sonora?

ARTICULO 2477.- Son elementos de validez del contrato preliminar, además de los generales establecidos por este Código para todos los contratos, los siguientes: I. Que el contrato definitivo tenga un objeto, motivo o…

¿Está vigente el artículo 2477?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.