Artículo 302 de Código Civil del Estado de Sonora
Código Civil del Estado de Sonora · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 302.- Las capitulaciones que establezcan separación de bienes contendrán un inventario de los que pertenezcan a cada consorte al celebrarse el matrimonio, y nota especificada de las deudas que al casarse tenga cada uno de los contrayentes.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.